Guia evaluación riesgo químico

El empresario tiene la obligación de determinar, si existen agentes químicos en el lugar de trabajo. Para si, así fuera, evaluar los riesgos para la salud de los trabajadores, originados por dichos agentes, de conformidad con el art. 16 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. En entornos donde concurren diversas empresas deberá analizar las posibles sinergias en los riesgos de las operaciones que van a realizar en base a la información proporcionada por las empresas concurrentes previo al inicio de los trabajos.

El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo ha publicado la nueva versión de la Guía para la Evaluación y Prevención de Riesgos Relacionados con Agentes Químicos. La nueva Guía, publicada en octubre 2022, actualiza los criterios, recomendaciones e información técnica necesaria para realizar la evaluación y prevención de los riesgos derivados o que puedan derivarse de la presencia de agentes químicos en el lugar de trabajo o de cualquier actividad con agentes químicos. La guía incluye, tanto el riesgo de enfermedad derivado de la exposición por inhalación a los agentes químicos, como el riesgo de accidente que deriva de la presencia de agentes químicos en el lugar de trabajo, en particular incendios, explosiones y reacciones químicas peligrosas.

¿Qué es un agente químico?

Un agente químico es todo elemento o compuesto químico, por sí solo o mezclado, tal como se presenta en estado natural o es producido, utilizado o vertido, incluido el vertido como residuo, en una actividad laboral, se haya elaborado o no de modo intencional y se haya comercializado o no.

¿Qué es el riesgo químico?

El riesgo químico es la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado de la exposición a agentes químicos. Esta exposición viene determinada por el contacto de éste con el trabajador, normalmente por inhalación o por vía inhalatoria o por vía dérmica. Para calificar un riesgo químico desde el punto de vista de su gravedad, se deben valorar conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo.

La gravedad del riesgo depende no solo de la naturaleza del agente químico en cuestión, sino también de las condiciones individuales del trabajador expuesto y de las características de la exposición, la cual está determinada por factores propios del puesto de trabajo (tiempo de exposición, generación del agente químico, ventilación, etc.) y de las condiciones ambientales que puedan favorecer la absorción del tóxico, como la temperatura ambiente o el esfuerzo físico que requiere el trabajo.

La obligación de la Evaluación del riesgo químico en concurrencia de actividades

El empresario tiene la obligación de determinar, si existen agentes químicos en el lugar de trabajo. Para si, así fuera, evaluar los riesgos para la salid de los trabajadores, originados por dichos agentes, de conformidad con el art. 16 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Dicha evaluación de riesgos ¡deberá hacerse extensiva a aquellas actividades de carácter extraordinario o que no forman parte del conjunto de las actividades laborales habituales, pero cuya realización pueda suponer un riesgo para la seguridad y salud de las personas trabajadoras de la empresa por la posible presencia de agentes químicos, incluidas las efectuadas por personal ajeno a la empresa, reguladas por el Real Decreto 171/2004 de Coordinación de actividades empresariales.
Como ejemplo de actividades de este tipo la guía cita las siguientes: operaciones de mantenimiento, de arranque y parada de procesos, de reparación, de renovación, de limpieza, de desinfección o de tratamiento con biocidas, así como las situaciones de emergencia, las actuaciones en caso de fugas o derrames, la carga y descarga de productos y la recogida de residuos. Destaca por su especial peligrosidad, aquellas operaciones (mantenimiento, reparación, etc.) en las que pueden estar presentes agentes químicos y cuya ejecución requiera el acceso a recintos o espacios confinados, es decir, espacios no ventilados o deficiente-mente ventilados o sin garantías ni certeza de una ventilación adecuada, en los que pueden acumularse contaminantes tóxicos o inflamables o puede haber una atmósfera deficiente en oxígeno.

Más en concreto el titular del centro de trabajo tendrá la obligación de;

  1. Determinar si existen agentes químicos peligrosos en el lugar de trabajo. Si así fuera, se deberá evaluar los riesgos para la salud y seguridad de los trabajadores, originados por dichos agentes, considerando y analizando conjuntamente:
  • Sus propiedades peligrosas y cualquier otra información necesaria para la evaluación de los riesgos
  • Las cantidades utilizadas o almacenadas de los agentes químicos.
  • El tipo, nivel y duración de la exposición de los trabajadores a los agentes y cualquier otro factor que condicione la magnitud de los riesgos derivados de dicha exposición, así como las exposiciones accidentales.
  • Las conclusiones de los resultados de la vigilancia de la salud de los trabajadores que, en su caso, se haya realizado y los accidentes o incidentes causados o potenciados por la presencia de los agentes en el lugar de trabajo.

2. Tener en cuenta la existencia de riesgo químico en las actividades contratadas y analizar sus posibles interacciones. Análisis que se realizará en la evaluación de riesgos concurrente y la aplicación conjunta de medidas preventivas (organizativas, protección colectiva e individual).

3. Solicitar a las empresas concurrentes que le han informado de este riesgo (además de la evaluación de riesgos y planificación preventiva) documentación de interés como las fichas de seguridad de los productos químicos, formación específica del trabajador ante el riesgo químico, especificaciones técnicas de EPIs, protocolo de actuación en caso de derrame o emergencia química… entre otros.

4. Hacer seguimiento de la efectividad de las medidas preventivas adoptadas o que deban adoptarse así como su cumplimiento, mediante el establecimiento de reuniones de coordinación y vigilancia de trabajos.

¿Qué novedades introduce la Guía para la Evaluación y Prevención de Riesgos Relacionados con Agentes Químicos en el Trabajo?

La principal novedad que incluye esta guía técnica es la actualización del apéndice 4, dedicado a la evaluación cuantitativa de la exposición, donde se recogen y desarrollan los criterios de evaluación que propone la Norma UNE-EN 689:2019+AC:2019 “Exposición en el lugar de trabajo. Medición de la exposición por inhalación de agentes químicos. Estrategia para verificar la conformidad con los valores límite de exposición profesional”, que anula la anterior norma de 1996. Esta norma ha introducido un nuevo procedimiento para la evaluación del riesgo derivado de la exposición por inhalación de agentes químicos el cual sigue el siguiente esquema

Procedimiento de evaluación Riesgo Químico

Aplicación del RD 374/2001 sobre protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos químicos

La guía tiene por objeto facilitar la aplicación del Real Decreto 374/2001 de 6 de abril, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.

Este real decreto tiene por objeto la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores contra los riesgos derivados o que puedan derivarse de la presencia de agentes químicos en el lugar de trabajo o de cualquier actividad que se realice con agentes químicos. No considera la prevención de los riesgos patrimoniales, los riesgos para la salud pública o los riesgos para el medioambiente que puedan también derivarse del trabajo con agentes químicos. Por otra parte, será de aplicación tanto a los agentes químicos presentes en el lugar de trabajo en condiciones de trabajo normales como a los que puedan aparecer en situaciones laborales anómalas en caso de incidentes, accidentes o emergencias El real decreto

  1. Establece la medición de las concentraciones ambientales como el método general en el que basar la evaluación del riesgo debido a la exposición por inhalación y los valores límite ambientales (VLA) como herramienta fundamental de valoración de dicho riesgo.
  2. Establece que la medición de la concentración ambiental puede no ser necesaria en aquellas situaciones en las que, por otros medios de evaluación, pueda probarse que se ha logrado una adecuada prevención y protección.
  3. Regula, respecto al riesgo de accidente derivado de la presencia de agentes químicos en el lugar de trabajo, determinados aspectos preventivos e incluye, en concreto, disposiciones relativas a la limitación de concentraciones ambientales peligrosas y a los aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas. Además, desarrolla de manera específica lo dispuesto con carácter genérico en los artículos 20 y 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (en adelante, LPRL) sobre actuaciones en situaciones de accidentes, incidentes y emergencias.

Las disposiciones del presente Real Decreto serán aplicables a los agentes químicos peligrosos que estén o puedan estar presentes en el lugar de trabajo, sin perjuicio de:

a) Las disposiciones de la normativa sobre protección radiológica de los trabajadores relacionadas con los agentes químicos.

b) Las disposiciones más rigurosas o específicas establecidas en el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.

c) Las disposiciones más rigurosas o específicas en materia de transporte de mercancías peligrosas

Guías Técnicas para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con los agentes cancerígenos o mutágenos y amianto

Recientemente el INSST ha publicado diversas guías técnicas no vinculantes para facilitar la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con los agentes cancerígenos o mutágenos y amianto, presentes en los centros de trabajo.

Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos o mutágenos en el trabajo – Año 2022

https://www.insst.es/documentacion/catalogo-de-publicaciones/guia-tecnica-para-la-evaluacion-y-prevencion-de-los-riesgos-relacionados-con-la-exposicion-a-agentes-cancerigenos-o-mutagenos-en-el-trabajo-ano-2022

Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la exposición al amianto – Año 2022

https://www.insst.es/documentacion/catalogo-de-publicaciones/guia-tecnica-para-la-evaluacion-y-prevencion-de-los-riesgos-relacionados-con-la-exposicion-al-amianto-ano-2022