Trabajos en Altura

El  INSST ha publicado la NTP 1170 Utilización de EPI en trabajos con riesgo en altura con objeto de seguir trabajando en la reducción de esta tipología de accidentes. Los accidentes de trabajo, siguen aumentando, es un hecho. A lo largo de 2021, 705 personas han perdido la vida en el trabajo, lejos de los 634 accidentes de trabajo mortales de 2020 en jornada de trabajo.

Si acudimos a los datos de 2020, influenciados por la pandemia, pero siendo los únicos de los cuales tenemos datos desglosados, de estos accidentes destacaron de forma clara los infartos, derrames cerebrales y otras patologías no traumáticas que agruparon el 39% de los accidentes en jornada de trabajo mortales.

Le siguen como más importantes las caídas de personas (17,5%), agrupando las caídas al mismo y a distinto nivel (trabajos en altura). Datos que muestran que, a día de hoy, es la causa de mayor mortalidad en la que tenemos una acción preventiva de mejora. Si a ello unimos que los trabajos en altura en la mayoría de ocasiones se asocian a trabajos de reparación, limpieza o mantenimiento en estas condiciones, los cuales son subcontratados, es una tipología de accidente grave o muy grave presente en actividades de concurrencia.

Trabajos en altura. Utilización de EPIs NTP 1170

Cuando se lleva a cabo un trabajo en alturas, debemos tener en cuenta las medidas preventivas existentes que hay que aplicar para una correcta realización de este tipo de trabajos en altura . Para ello es clave la evaluación de riesgos de la tarea a realizar siendo críticos los escenarios de concurrencia donde concurren empresas realizando diversas actividades.

La NTP 1170 describe los principales tipos de trabajo que conllevan un riesgo asociado de caída de altura y sus características, así como los sistemas de protección individual contra caídas de altura más apropiados para cada tipo de trabajo. Los equipos de protección individual contra caídas de altura deben utilizarse cuando exista riesgo de que las personas usuarias sufran una caída desde distinto nivel, siempre que los riesgos presentes en el lugar de trabajo no se hayan podido evitar a través de la implantación de métodos o procedimientos de organización del trabajo seguros, así como medidas técnicas (incluyendo protecciones colectivas).. Es necesario considerar que para un mismo tipo de trabajo pueden existir varias soluciones diferentes que garantizan la seguridad de la persona trabajadora.

¿Qué es un trabajo en altura?

No existe una definición en normativa explícitamente como tal. La NTP 1170 define “trabajo en altura” como aquellos que se ejecutan en un lugar por encima del nivel de referencia, entendiendo como tal la superficie sobre la que puede caer un trabajador y ocasionarle daños personales. Una definición, poco exacta, quedando aceptado de modo general todo trabajo que se realice en alturas superiores a 2 m respecto al nivel del suelo

¿Qué aspectos se han de tener en consideración en la selección y uso de los EPIs contra caídas de altura?

La selección de un EPI contra caídas de altura requiere un conocimiento amplio del puesto de trabajo, estableciéndose en la preceptiva evaluación de riesgos. Para la elección de los componentes de un sistema se tendrán en cuenta las consideraciones ergonómicas más adecuadas al trabajo a desarrollar.
La utilización de los EPI contra caída de altura requiere formación específica para el/la trabajador/a.

Siempre habrán de seguirse las indicaciones de la empresa fabricante presentes en las instrucciones de cada equipo de protección individual, tanto para su uso, como para su mantenimiento, revisiones periódicas, reparación, marcado y embalaje.

¿Qué equipo de trabajo se ha de utilizar cuando se realiza un trabajo temporal en altura?

Para responder esta cuestión se ha de acudir al Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura indica lo siguiente:

«En aplicación de lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en concreto, en sus artículos 15, 16 y 17, y en condiciones ergonómicas aceptables desde una superficie adecuada, se elegirán los equipos de trabajo más apropiados para garantizar y mantener unas condiciones de trabajo seguras, teniendo en cuenta, en particular, que deberá darse prioridad a las medidas de protección colectiva frente a las medidas de protección individual y que la elección no podrá subordinarse a criterios económicos.

  1. Las dimensiones de los equipos de trabajo deberán estar adaptadas a la naturaleza del trabajo y a las dificultades previsibles y deberán permitir una circulación sin peligro. La elección del tipo más conveniente de medio de acceso a los puestos de trabajo temporal en altura deberá efectuarse en función de la frecuencia de circulación, la altura a la que se deba subir y la duración de la utilización. La elección efectuada deberá permitir la evacuación en caso de peligro inminente.
  2. La utilización de una escalera de mano como puesto de trabajo en altura deberá limitarse a las circunstancias en que la utilización de otros equipos de trabajo más seguros no esté justificada por el bajo nivel de riesgo y por las características de los emplazamientos que el empresario no pueda modificar.
  3. La utilización de las técnicas de acceso y de posicionamiento mediante cuerdas se limitará a circunstancias en las que la evaluación del riesgo indique que el trabajo puede ejecutarse de manera segura y en las que, además, la utilización de otro equipo de trabajo más seguro no esté justificada.
  4. Dependiendo del tipo de equipo de trabajo elegido con arreglo a los apartados anteriores, se determinarán las medidas adecuadas para reducir al máximo los riesgos inherentes a este tipo de equipo para los trabajadores. En caso necesario, se deberá prever la instalación de unos dispositivos de protección contra caídas. Dichos dispositivos deberán tener una configuración y una resistencia adecuadas para prevenir o detener las caídas de altura y, en la medida de lo posible, evitar las lesiones de los trabajadores. Los dispositivos de protección colectiva contra caídas sólo podrán interrumpirse en los puntos de acceso a una escalera o a una escalera de mano.

Cuando el acceso al equipo de trabajo o la ejecución de una tarea particular exija la retirada temporal de un dispositivo de protección colectiva contra caídas, deberán preverse medidas compensatorias y eficaces de seguridad, que se especificarán en la planificación de la actividad preventiva. No podrá ejecutarse el trabajo sin la adopción previa de dichas medidas. Una vez concluido este trabajo particular, ya sea de forma definitiva o temporal, se volverán a colocar en su lugar los dispositivos de protección colectiva contra caídas.

¿Qué riesgos se asocian a los trabajos en altura?

El análisis de accidentes de trabajo en altura muestran que estos se producen por diversos factores que tendremos que tener en cuenta a la hora de elaborar procedimientos de trabajo en altura seguros.

  • Características Físicas de la persona trabajadora, fortaleza física, estado de salud, mareo, vértigo, desequilibrio, etc. De ahí la importancia de que revisar que el trabajador apto, lo es en base a diversos protocolos de vigilancia establecidos, entre ellos, el de trabajos en altura.
  • Psicológicas: inquietud, falta de atención por distracciones o por problemas personales, exceso de confianza son condicionantes importantes del factor humano que pueden desencadenar en un fatal accidente.
  • Formativas. La persona que trabaja en altura ha de estar formada (forma teórica y practica) en la correcta utilización de equipos de trabajo móviles y de medidas colectivas y, o individuales de protección. Por este motivo, un trabajador contratado debería conocer las técnicas de trabajo seguro en altura y en los diferentes equipos de trabajo que ha de utilizar. En el caso de cesión de equipos deberemos cerciorarnos que está capacitado para su uso
  •  Carencia de EPI´s o uso de equipos de protección o de trabajo no adecuados.  Los EPI´S deben ser los adecuados para los equipos de trabajo que se utilicen en el trabajo. Por ello en el caso de concurrencia de empresas, es muy importante la información del empresario titular y medidas /instrucciones preventivas a aplicar en base a las características de la zona a trabajar. Todo ello repercutirá directamente en el uso de equipos de protección.
  • Uso inadecuado de los EPI´s. El empresario principal deberá verificar el uso correcto de los EPIs indicados y que éstos se encuentran en buen estado.
  • Falta de mantenimiento y de revisión de los EPIS.  Antes de ponerse los equipos de protección, todos los trabajadores deben revisar los equipos y comprobar que no se han deteriorado o dañado.
  • Factores medioambientales. La planificación de trabajos debe tener en cuenta posibles  factores meteorológicos adversos como, frío, calor, viento, lluvia
  • Caída de objetos, ya sean de objetos desprendidos o que se caen por la manipulación de algún compañero que está un nivel superior. Para la protección ante esta circunstancia se utilizarán medidas de protección colectiva como redes, rodapiés o zócalos o individuales como el casco.

Medidas preventivas para trabajos en altura

Durante la última década, se ha experimentado un espectacular desarrollo tanto de las técnicas, como de los materiales específicos para la prevención de los riesgos derivados de la realización de trabajos en altura. Junto a los equipos de protección individual y colectiva, que permiten dar soluciones para la seguridad de los trabajadores en la práctica totalidad de las situaciones de trabajo habitual, a instrucción y formación en materia de seguridad constituyen unos de los eslabones fundamentales en los que basar la estrategia preventiva de
accidentes laborales.

Para la correcta prevención de cualquier trabajo en alturas, el empresario debe tener en cuenta tres siguientes aspectos:

  1. Correcta planificación preventiva de los trabajos.
  2. Mantener orden, limpieza y organización
  3. Correcto uso y mantenimiento de los equipos auxiliares y sistemas de retención cómo el Arnés de Seguridad