La secretaria de Estado de Empleo, Mari Luz Rodríguez,  señaló recientemente que los contratos en prácticas se han incrementado más de un 16% desde que entró en vigor la reforma laboral, respecto al año anterior. En total, más de 50.000 jóvenes tienen una oportunidad de empleo a través de estos contratos. La utilización de este tipo de contratos fue puesta en valor por la titular de Empleo puesto que se ha mejorado su regulación para que puedan ofrecer una oportunidad a los jóvenes universitarios o con titulación de Formación Profesional de incorporarse a un puesto de trabajo, a la vez que las empresas pueden contar con los trabajadores y trabajadoras con la preparación que necesitan.
La secretaria de Estado  se refirió a que todos los informes indican que el 85% de los empleos en el futuro requerirán una formación media o superior, por lo que apostó por ayudar a que «estos jóvenes que tienen menos formación vuelvan a ella porque es la forma que tienen de engancharse al futuro».

Fuente: Ministerio de Trabajo e Inmigración. Para consultar noticia con detalle haga clic

Es muy habitual tener trabajadores menores de edad  realizando prácticas en la empresa, y un alto porcentaje de éstos, suele ser estudiantes de Formación Profesional de ramas relacionadas con el mantenimiento cuya operaciones implican un riesgo en su ejecución, ligadas a la operación y riesgos del centro de trabajo).
Durante el desarrollo de las tareas, deben ser acompañados por una persona con experiencia. Se les asignará por ello un supervisor (designado como tal) el cual debe conoce todas las peculiaridades de este tipo de colectivo. En este sentido, se ha de consultar la LEY 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos laborales, artículo 26, donde se explica cuales son estos trabajos peligrosos vetados a menores.

En este caso la documentación específica a entregar a padre o tutor legal:
-Designación del supervisor con el que comparta en todo momento el trabajo
-Acuse de recibo de la autorización de la realización del servicio firmada por padre o tutor y acuse de recibo de entrega a menor y tutor de los riesgos existentes en su puesto

Como trabajador la documentación a solicitar:
– En caso de accidentes estarán cubiertos por un seguro especial.
1. Si las prácticas las hace a través de la entidad de formación que le imparte el curso queel capacita profesionalmente, tiene suscrito un seguro que le cubre en caso de accidente en el centro de trabajo.
2. Si se tratara de un contrato en prácticas con contrato de empresa, es la propia empresa la que tiene que dar esas coberturas como a cualquier otro trabajador.

– Deben ser informados y formados (en base a lo indicado en los art. 18 y 19 de la LEY 31/1995) previo al inicio de la actividad, de los riesgos del puesto y las medidas de prevención a aplicar. Deberán aportarse los registros de entrega  dicha información y certificados de la formación impartida.

– Registro de entrega de EPIS. Como trabajador de la empresa es la que tiene que dar también los EPIs necesarios para aislarse de los riesgos derivados de la actividad o implícitos al área de trabajo. Deberá ser formado además en el uso y mantenimiento de estos.