InmigrantesLos flujos migratorios vividos en los últimos años, están ejerciendo gran influencia en la sociedad laboral y, en consecuencia, en su cultura preventiva. El trabajador extranjero tiene los mismos derechos y deberes que los trabajadores españoles,  sin embargo, tal y como reflejan los estudios y encuestas de población, las condiciones de trabajo del trabajador extranjero son  desfavorables, lo que añade dificultades a la prevención de accidentes en el trabajo. A menudo, esta situación se achaca a que los trabajadores inmigrantes ocupan puestos de trabajo de riesgo en sectores de riesgo. Por otra parte, las barreras de lenguaje dificultan la comprensión de los mensajes dirigidos a formarles o informarles. A todo ello, hay que añadir que, en muchas ocasiones, trabajan en condiciones precarias: trabajos temporales o a tiempo parcial o con formas irregulares de contratación, economía sumergida, etc., por lo que es frecuente que no se no se acojan a los mecanismos de protección legal frente a los riesgos en el trabajo.

La presencia de este nuevo caudal poblacional, provocó un estudio analítico por parte del Ministerio de Trabajo e Inmigración de las condiciones de trabajo de la población inmigrante en España (INSHT, 2008). De los datos resultantes del estudio analítico cabe destacar:

1. La incidencia de accidentes en jornada de trabajo es mayor en trabajadores de nacionalidad extranjera que en el colectivo español.
2. Se aprecia mayor incidencia de siniestralidad laboral en trabajadores inmigrantes con respecto a españoles para todos los sectores de actividad excepto para el sector Construcción, siendo en el sector Industria donde se encuentran las mayores diferencias entre estos dos colectivos.
3. Los trabajadores extranjeros de empresas subcontratadas sufren más del doble de accidentes totales y mortales que los trabajadores nacionales de este mismo tipo de empresas.
4. Entre los trabajadores extranjeros, en comparación con aquellos de nacionalidad española, existe  una mayor proporción de contratos temporales, más trabajadores pertenecientes a subcontratas y mayor proporción de asalariados sin alta en la Seguridad Social.
5. Se detectan ciertas desigualdades en materia de actividades preventivas, pues son menos los trabajadores extranjeros que se benefician de actividades de formación y de vigilancia de su salud.


COORDINACION DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y COLECTIVO DE INMIGRANTES

En el año 2010 el INSHT publicó la Nota Técnica de Prevención NTP-825 con el título La Prevención de Accidentes en trabajadores inmigrantes: aspectos a considerar y pautas de intervención. Esta Nota Técnica esboza los principales aspectos que deben tenerse en consideración para la prevención de los accidentes en el colectivo de trabajadores inmigrantes:
1. Es necesario una Coordinación de las Actividades Preventivas de la empresa, que tenga en consideración que los trabajadores inmigrantes son un colectivo con necesidades específicas y que deberán tomarse en consecuencia, las medidas necesarias para asegurar que conocen sus derechos en materia de prevención de riesgos en el trabajo, así como cuáles son sus obligaciones y que éstas son asumidas.
2. Se deberá diseñar un plan de formación e información, comprensible y adaptado, que considere sus necesidades específicas, sus expectativas y sus estilos de aprendizaje para el correcto desempeño seguro de su actividad.
3. Por último recordar que el trabajador extranjero tiene la obligación previa añadida de solicitar el permiso de residencia y trabajo. Al tener los mismos derechos y deberes que un trabajador español, además del citado permiso, se les requiere a ambos la misma documentación en materia Coordinación de Actividades Empresariales.


Fuentes consultadas:
Encuesta Condiciones de trabajo y siniestralidad en el colectivo de trabajadores inmigrantes Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo 2008
Notas Técnicas De Prevención: NTP-825 La prevención de accidentes en trabajadores inmigrantes