En un artículo anterior se introducía la necesidad de elaborar un procedimiento de información y formación preventiva como forma de asegurar que todos los trabajadores son informados y formados convenientemente , sin olvidar que como en todo proceso de gestión se controla periódicamente la aplicación del procedimiento establecido. Este procedimiento tiene como objetivo diseñar, planificar, organizar y establecer el programa de información y formación preventiva que deben de serguir los trabajadores de las empresas concurrentes  integrándolo dentro del programa informativo y formativo general, de forma que todo trabajador «externo» reciba la información y formación suficiente y adecuada tanto inicialmente en el momento de su contratación o ante un cambio de puesto de trabajo por necesidades productivas.

NECESIDADES DE INFORMACIÓN
El empresario titular informará a las empresas concurrentes de, como mínimo:
1. Los riesgos generales que afectan a toda la empresa, tanto en la actividad propia como en el entorno del centro de trabajo y aquellos derivados de la concurrencia de actividades con el resto de empresas
2. Riesgos especiales (trabajos en altura, trabajos con riego eléctrico, trabajos en espacios confinados…)
3. Los riesgos específicos de cada puesto de trabajo, donde ejecuten la actividad contratada, referentes a la utilización de máquinas y equipos de trabajo, la exposición a agentes químicos, físicos y biológicos; así como de las normas y medidas de prevención y protección aplicadas en cada caso.
4. Cualquier cambio o modificación que se produzca en su puesto de trabajo o que afecte de forma general al conjunto de la empresa.
5. Las medidas de emergencia (primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación)

RESPONSABLES Y PERSONAL INVOLUCRADO
1. La Dirección de la empresa es responsable de asegurar que todos los trabajadores poseen la información y formación adecuadas a las funciones contratadas. Para ello deberá establecer un plan informativo y necesidades formativas de prevención de riesgos laborales que abarque a toda la organización, proporcionando los medios y tiempo necesarios para su consecución. El proyecto y la organización de la formación en materia preventiva deberá consultarse a los trabajadores o a sus representantes.

2. El departamento de Prevención de riesgos laborales es el responsable de asesorar e indicar a los mandos intermedios qué aspectos clave de seguridad y salud deben ser transmitidos a los trabajadores pertenecientes a las empresas de servicio contratadas.  Además es el encargado de diseñar, coordinar, e implantar el programa de formación preventiva e integrarlo dentro del programa general de formación de la empresa. También es el responsable de archivar y registrar los informes de evaluación. En la mayoría de centros de trabajo impartir la formación inicial de carácter general a los trabajadores de nuevo acceso.
Como responsables de realizar las evaluaciones de riesgos deberán comunicar a la organización los riesgos identificados en cada puesto de trabajo, así como las medidas preventivas necesarias para su debido control, entre las que se incluyen las pertinentes acciones formativas.

3. Los Mandos intermedios, jefes de sección son los responsables de informar a los trabajadores a su cargo sobre los riesgos para la seguridad y salud laboral y sobre la forma de llevar a cabo las tareas de forma correcta y segura, en base a lo indicado en los procedimientos e instrucciones de trabajo establecidas. Deberían de colaborar en impartir la formación práctica específica conjuntamente con el departamento de prevención, del puesto de trabajo , resaltando aquellas tareas críticas. Los Trabajadores tienen el derecho a ser informados y formados sobre los riesgos laborales a los que están expuestos, y al mismo tiempo tienen el derecho de comunicar cualquier aspecto relativo que consideren oportuno en relación a posibles sugerencias de mejora de la acción formativa. Es el mando intermedio a quien deberían comunicar cualquier situación que detecten que pueda generar peligro para sí mismos o para otros trabajadores.

Fuente: NTP 559: Sistema de gestión preventiva: procedimiento de control de lainformación y formación preventiva