El Consejo de Ministros aprobó el pasado 13 de julio mediante un Real Decreto, la activación del Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo Químico, que distingue medidas en función de tres fases: intensificación del seguimiento e información, fase de emergencia y fase de normalización. El objetivo fundmanetal de este plan, que viene a complementar las medidas de control ya previstas en la normativa específica de la Unión Europea respecto al riesgo químico, es, según el Gobierno, movilizar rápida y eficazmente los medios y recursos para auxiliar a las personas, recursos medioambientales y bienes dañados por un accidente con sustancias peligrosas. De este modo, la activación del Plan Estatal ante el Riesgo Químico se produciría mediante la declaración del ministro del Interior de una situación de emergencia. Se entiende por accidente grave una emisión en forma de fuga o vertido, incendio o explosión importante que suponga una situación de grave riesgo, inmediato o diferido, para las personas, bienes y el medio ambiente en el que están implicadas una o varias sustancias químicas. Sin embargo, quedan excluidos los accidentes ocasionados por radiaciones ionizantes y los que tengan lugar en el mar territorial, zona contigua y zona económica exclusiva. Los órganos encargados de administrar este Plan son el Consejo de Dirección del Plan Estatal y el Comité Estatal de Coordinación. El Consejo de Dirección se configura como el órgano superior de apoyo al ministro del Interior en la gestión de emergencias que hayan sido declaradas de interés nacional. Asimismo, la dirección operativa del Plan Estatal corresponde al general Jefe de la Unidad Militar de Emergencias.

Por otra parte, el Comité Estatal de Coordinación (CECO) es el encargado de coordinar las actuaciones y participar en la elaboración y actualización del Plan Estatal de Protección Civil ante el riesgo químico, así como en los Planes de Coordinación y Apoyo, previstos en el Plan Estatal para asegurar la efectividad del mismo. Además, se ha creado una Base Nacional de Datos sobre Riesgo Químico en la que se irá incluyendo información relativa a las características del peligro, las hipótesis accidentales, el seguimiento de las medidas adoptadas por los titulares para la prevención de accidentes graves, el seguimiento de las medidas implantadas por las Administraciones competentes y los accidentes graves en los que se han visto implicadas sustancias peligrosas. Esta base de datos será accesible para el Centro Nacional de Protección de Infraestructuras Críticas (CNPIC) y, complementará así, el Catálogo Nacional de Infraestructuras Estratégicas que este Centro maneja.

Para más información pueden consultar el BOE de 9 de agosto donde se publica el RD 1070/2012

Fuente: europapress.es